Bill Nº 2021_9946

"LEY QUE REGULA LAS PENSIONES DE LOS DOCENTES CESANTES Y JUBILADOS PERTENECIENTES A LOS DECRETOS LEY 20530,19990 Y AFP"

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EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;**** Ha dado la Ley siguiente:**** LEY QUE GARANTIZA EL PAGO DE LA PENSIÓN PARA LA PROTECCIÓN Y SEGURIDAD SOCIAL DE LOS MAESTROS JUBILADOS Y CESANTES DEL PERÚ####**** Artículo 1. Objeto de la Ley** La presente ley tiene por objeto garantizar disponer el pago de la pensión para la protección y seguridad social de los maestros jubilados y cesantes de la carrera pública magisterial, a través mediante el otorgamiento de una pensión proporcional equivalente a la Remuneración Íntegra Mensual remuneración íntegra mensual (RIM) correspondiente a la primera escala magisterial.####** Artículo 2. Finalidad de la Ley**

replacelines a[5–45] → b[7–12]

####** Artículo 3. Establecimiento de las pensiones sobre la base de la escala magisterial** Se establece una pensión para los maestros jubilados y cesantes de la educación básica regular, la educación básica alternativa, la educación básica especial y la educación técnico productivo- productiva, comprendidos en los decretos leyes ley 19990 y 20530, y en la Ley 29944, así como para los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP). Dichas pensiones deben guardar correlación con serán equivalentes al monto de la Remuneración Integra Mensual remuneración íntegra mensual (RIM) correspondiente a la primera escala magisterial y serán establecidas por el Ministerio de Economía y Finanzas, en coordinación con el Ministerio de Educación.### DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL####** ÚNICA. Reglamentación** El Poder Ejecutivo aprueba el reglamento de la presente ley en un plazo de noventa días calendario contados a partir de su entrada en vigor. CONGRESO REPUBLICA COMISION DE ECONOMIA, BANCA, FINANZAS E INTELIGENCIA FINANCIERA "Decenio Comuníquese a la señora Presidenta de la Igualdad de Oportunidades República para Mujeres y Hombres "" Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana "Dictamen recaído en los Proyectos de Ley 3864/ 2022- CR, 4786/ 2022- CR, 8911/ 2024- CR, 9097/ 2024- CR, 9098/ 2024- CR, 9739/ 2024- CR, 9946/ 2024- CR, 10200/ 2024- CR, 10934/ 2024- CR, 10941/ 2024- CR y 11001/ 2024- CR, que propone la" Ley que garantiza el pago de la pensión para la protección y seguridad social de los maestros jubilados y cesantes del Perú su promulgación."Salvo mejor parecer Dese cuenta Sala de la Comisión Lima, 16 de mayo del 2025 Firmado digitalmente por: LOPEZ UREÑA ILICH FREDY FIR 42834886 hard Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 20/ 05/ 2025 13: 39: 38- 0500 Firmado digitalmente por: LIMACHI QUISPE Nieves Esmeralda FAU 20161749126 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 21/ 05/ 2025 15: 29: 47- 0500 Firmado digitalmente por: JERI ORE Jose Enrique FAU 20161749126 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 20/ 05/ 2025 16: 20: 36- 0500 Firmado digitalmente por: JERI ORE Jose Enrique FAU 20161749126 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 20/ 05/ 2025 16: 20: 50- 0500 Firmado digitalmente por: DOROTEO CARBAJO Raul Felipe FAU 20161749126 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 20/ 05/ 2025 16: 44: 12- 0500 Firmado digitalmente por: MONTEZA FACHO Silvia Maria FAU 20161749126 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 20/ 05/ 2025 17 Firmado digitalmente por: ALVA PRIETO Maria Del Carmen FAU 20161749126 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 21/ 05/ 2025 14: 42: 45- 0500 Firmado digitalmente por: TACURI VALDIVIA German Adolfo FAU 20161749126 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 21/ 05/ 2025 11: 38: 57- 0500 Firmado digitalmente por: ESPINOZA VARGAS Jhaec Darwin FAU 20161749126 soft Motivo: En señal de conformidad Fecha: 21/ 05/ 2025 13: 12: 36- 0500 Firmado digitalmente por: PAREDES GONZALES Alex Antonio FAU 20161749126 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 21/ 05/ 2025 15: 01: 40- 0500 Firmado digitalmente por: TORRES SALINAS Rosio FAU 20161749126 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 21/ 05/ 2025 15: 15: 12- 0500 Firmado digitalmente por: ALCARRAZ AGUERO Yorel Kira FAU 20161749126 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 20/ 05/ 2025 17: 39: 00- 0500 Firmado digitalmente por: CORDERO JON TAY Luis Gustavo FAU 20161749126 hard Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 21/ 05/ 2025 12: 57: 56- 0500 Firmado digitalmente por: PORTALATINO AVALOS Kelly Roxana FAU 20161749126 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 21/ 05/ 2025 14: 18: 53- 0500 Firmado digitalmente por: SOTO PALACIOS Wilson FAU 20161749126 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 21/ 05/ 2025 16: 10: 14- 0500** COMISIÓN DE ECONOMÍA, BANCA, FINANZAS E INTELIGENCIA FINANCIERA****" Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres "" Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana "** Dictamen recaído en los Proyectos de Ley 3864/ 2022- CR, 4786/ 2022- CR, 8911/ 2024- CR, 9097/ 2024- CR, 9098/ 2024- CR, 9739/ 2024- CR, 9946/ 2024- CR, 10200/ 2024- CR, 10934/ 2024- CR, 10941/ 2024- CR y 11001/ 2024- CR, que propone la" Ley que garantiza el pago de la pensión para la protección y seguridad social de los maestros jubilados y cesantes del Perú. "COMISION DE ECONOMIA, BANCA, FINANZAS E INTELIGENCIA FINANCIERA" Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres "" Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana "Dictamen recaído en los Proyectos de Ley 3864/ 2022- CR, 4786/ 2022- CR, 8911/ 2024- CR, 9097/ 2024- CR, 9098/ 2024- CR, 9739/ 2024- CR, 9946/ 2024- CR, 10200/ 2024- CR, 10934/ 2024- CR, 10941/ 2024- CR y 11001/ 2024- CR, que propone la" Ley que garantiza el pago de la pensión para la protección y seguridad social de los maestros jubilados y cesantes del Perú. "COMISION DE ECONOMIA, BANCA, FINANZAS E INTELIGENCIA FINANCIERA" Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres "*" Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana "* Dictamen recaído en los Proyectos de Ley 3864/ 2022- CR, 4786/ 2022- CR, 8911/ 2024- CR, 9097/ 2024- CR, 9098/ 2024- CR, 9739/ 2024- CR, 9946/ 2024- CR, 10200/ 2024- CR, 10934/ 2024- CR, 10941/ 2024- CR y 11001/ 2024- CR, que propone la" Ley que garantiza el pago de la pensión para la protección y seguridad social de los maestros jubilados y cesantes del Perú. "## MP Dictámenes---** De:** Notificacion Sistemas** Enviado el:** miércoles, 21 de mayo de 2025 16: 25** Para:** Katherine Margaret Larco Ubillus; mp. interno** Asunto:** Mensaje Usuario Interno- Dictámenes** Datos adjuntos:** 1a545ab1ee6adc47a9fb30da16b43319. pdf** [Solicitante]:** klarco@ congreso. gob. pe** [Asunto]:** Mensaje Usuario Interno- Dictámenes** [Mensaje]:** Se adjunta el Dictamen recaído en los Proyectos de Ley 3864/ 2022- CR, 4786/ 2022- CR, 8911/ 2024- CR, 9097/ 2024- CR, 9098/ 2024- CR, 9739/ 2024- CR, 9946/ 2024- CR, 10200/ 2024- CR, 10934/ 2024- CR, 10941/ 2024- CR y 11001/ 2024- CR, que propone la" Ley que garantiza el pago de la pensión para la protección y seguridad social de los maestros jubilados y cesantes del Perú. "Se indica que la votación figura en la primera página del Dictamen y que se pidió la dispensa del trámite de aprobación de Acta para ejecutar los acuerdos tomados.** [Fecha]:** 2025- 05- 21 16: 24: 44** [IP]:** 192. 168. 10. 219 Su mensaje ha sido recibido. Por favor,** NO responda a este mensaje**, es un envío automático de una cuenta no supervisada.

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LEY QUE GARANTIZA EL PAGO DE LA PENSIÓN PARA LA PROTECCIÓN Y SEGURIDAD SOCIAL DE LOS MAESTROS JUBILADOS Y CESANTES DEL PERÚ

#### Artículo 1. Objeto de la Ley

La presente ley tiene por objeto garantizar el pago de la pensión para la protección y seguridad social de los maestros jubilados y cesantes de la carrera pública magisterial, a través de una pensión proporcional a la Remuneración Íntegra Mensual (RIM).

#### Artículo 2. Finalidad de la Ley

La finalidad de la presente ley es garantizar que los maestros jubilados y cesantes de la carrera pública magisterial obtengan una pensión adecuada que cubra sus necesidades básicas y les permita mantener un nivel de vida decente.

#### Artículo 3. Establecimiento de las pensiones sobre la base de la escala magisterial

Se establece una pensión para los maestros jubilados y cesantes de la educación básica regular, alternativa, la educación básica especial y la educación técnico productivo, comprendidos en los decretos leyes 19990 y 20530, y en la Ley 29944, así como para los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP). Dichas pensiones deben guardar correlación con la Remuneración Integra Mensual (RIM).

### DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

#### **ÚNICA. Reglamentación**

El Poder Ejecutivo aprueba el reglamento de la presente ley en un plazo de noventa días calendario contados a partir de su entrada en vigor.
CONGRESO  
REPUBLICA

COMISION DE ECONOMIA, BANCA, FINANZAS E  
INTELIGENCIA FINANCIERA

"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"  
"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"

Dictamen recaído en los Proyectos de Ley 3864/2022-CR,  
4786/2022-CR, 8911/2024-CR, 9097/2024-CR, 9098/2024-CR,  
9739/2024-CR, 9946/2024-CR, 10200/2024-CR, 10934/2024-CR,  
10941/2024-CR y 11001/2024-CR, que propone la "Ley que  
garantiza el pago de la pensión para la protección y seguridad  
social de los maestros jubilados y cesantes del Perú."

Salvo mejor parecer  
Dese cuenta  
Sala de la Comisión

Lima, 16 de mayo del 2025

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**COMISIÓN DE ECONOMÍA, BANCA, FINANZAS E  
INTELIGENCIA FINANCIERA**

**"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"  
"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"**

Dictamen recaído en los Proyectos de Ley 3864/2022-CR, 4786/2022-CR, 8911/2024-CR, 9097/2024-CR, 9098/2024-CR, 9739/2024-CR, 9946/2024-CR, 10200/2024-CR, 10934/2024-CR, 10941/2024-CR y 11001/2024-CR, que propone la "Ley que garantiza el pago de la pensión para la protección y seguridad social de los maestros jubilados y cesantes del Perú."
COMISION DE ECONOMIA, BANCA, FINANZAS E  
INTELIGENCIA FINANCIERA

“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”  
“Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana”

Dictamen recaído en los Proyectos de Ley 3864/2022-CR, 4786/2022-CR, 8911/2024-CR, 9097/2024-CR, 9098/2024-CR, 9739/2024-CR, 9946/2024-CR, 10200/2024-CR, 10934/2024-CR, 10941/2024-CR y 11001/2024-CR, que propone la “Ley que garantiza el pago de la pensión para la protección y seguridad social de los maestros jubilados y cesantes del Perú.”
COMISION DE ECONOMIA, BANCA, FINANZAS E  
INTELIGENCIA FINANCIERA

"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"  
*"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"*

Dictamen recaído en los Proyectos de Ley 3864/2022-CR, 4786/2022-CR, 8911/2024-CR, 9097/2024-CR, 9098/2024-CR, 9739/2024-CR, 9946/2024-CR, 10200/2024-CR, 10934/2024-CR, 10941/2024-CR y 11001/2024-CR, que propone la "Ley que garantiza el pago de la pensión para la protección y seguridad social de los maestros jubilados y cesantes del Perú."
## MP Dictámenes

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**De:** Notificacion Sistemas  
**Enviado el:** miércoles, 21 de mayo de 2025 16:25  
**Para:** Katherine Margaret Larco Ubillus; mp.interno  
**Asunto:** Mensaje Usuario Interno - Dictámenes  
**Datos adjuntos:** 1a545ab1ee6adc47a9fb30da16b43319.pdf

**[Solicitante]:** klarco@congreso.gob.pe

**[Asunto]:** Mensaje Usuario Interno - Dictámenes

**[Mensaje]:** Se adjunta el Dictamen recaído en los Proyectos de Ley 3864/2022-CR, 4786/2022-CR, 8911/2024-CR, 9097/2024-CR, 9098/2024-CR, 9739/2024-CR, 9946/2024-CR, 10200/2024-CR, 10934/2024-CR, 10941/2024-CR y 11001/2024-CR, que propone la “Ley que garantiza el pago de la pensión para la protección y seguridad social de los maestros jubilados y cesantes del Perú.” Se indica que la votación figura en la primera página del Dictamen y que se pidió la dispensa del trámite de aprobación de Acta para ejecutar los acuerdos tomados.

**[Fecha]:** 2025-05-21 16:24:44

**[IP]:** 192.168.10.219

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EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;**

**Ha dado la Ley siguiente:**

**LEY QUE GARANTIZA EL PAGO DE LA PENSIÓN PARA LA  
PROTECCIÓN Y SEGURIDAD SOCIAL DE LOS MAESTROS  
JUBILADOS Y CESANTES DEL PERÚ**

**Artículo 1. Objeto de la Ley**

La presente ley tiene por objeto disponer el pago de la pensión para la protección y seguridad social de los maestros jubilados y cesantes de la carrera pública magisterial, mediante el otorgamiento de una pensión equivalente a la remuneración íntegra mensual (RIM) correspondiente a la primera escala magisterial.

**Artículo 2. Finalidad de la Ley**

La finalidad de la presente ley es garantizar que los maestros jubilados y cesantes de la carrera pública magisterial obtengan una pensión adecuada que cubra sus necesidades básicas y les permita mantener un nivel de vida decente.

**Artículo 3. Establecimiento de las pensiones sobre la base de la escala magisterial**

Se establece una pensión para los maestros jubilados y cesantes de la educación básica regular, la educación básica alternativa, la educación básica especial y la educación técnico-productiva, comprendidos en los decretos ley 19990 y 20530, y en la Ley 29944, así como para los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP). Dichas pensiones serán equivalentes al monto de la remuneración íntegra mensual (RIM) correspondiente a la primera escala magisterial y serán establecidas por el Ministerio de Economía y Finanzas, en coordinación con el Ministerio de Educación.
## DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

### ÚNICA. Reglamentación

El Poder Ejecutivo aprueba el reglamento de la presente ley en un plazo de noventa días calendario contados a partir de su entrada en vigor.

Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.