LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA CREACIÓN, DESARROLLO E IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE VIGILANCIA AMAZÓNICO Y NACIONAL (SIVAN) Y DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN AMAZÓNICO Y NACIONAL (SIPAN), COMO HERRAMIENTAS PARA LA SEGURIDAD, LA DEFENSA NACIONAL, EL DESARROLLO Y LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE
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FÓRMULA LEGAL**** LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA CREACIÓN, DESARROLLO E IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE VIGILANCIA AMAZÓNICO Y NACIONAL (SIVAN) Y DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN AMAZÓNICO Y NACIONAL (SIPAN), COMO HERRAMIENTAS PARA LA SEGURIDAD, LA DEFENSA NACIONAL, EL DESARROLLO Y LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE**** Artículo 1. Objeto** La presente ley tiene por objeto declarar texto sustitutorio propone la Ley que declara de interés nacional la creación, implementación y desarrollo e implementación del Sistema de Vigilancia Amazónico y Nacional (SIVAN) y del Sistema de Protección Amazónico y Nacional (SIPAN); y no como lo había consignado en el documento de la referencia. La razón de mi petición es que, debido a fin fallas de fortalecer conectividad no pude marcar mi votación en su oportunidad, lo que agradeceré tenga en cuenta. Sin otro particular, hago propicia la capacidad oportunidad para reiterarle los sentimientos de mi consideración más distinguida. Atentamente, Firmado digitalmente por: KAMICHE MORANTE Luis Roberto FAU 20161749126 soft Motivo: Soy el autor del Estado en materia de seguridad, defensa nacional, desarrollo económico y social, y protección del medio ambiente, con especial atención a la Amazonía, mediante la coordinación interinstitucional y la implementación de tecnologías avanzadas de monitoreo, vigilancia y respuesta temprana. documento Fecha: 05/ 03/ 2025 18: 27: 53- 0500** Artículo 2 DR. Finalidad LUIS ROBERTO KAMICHE MORANTE** El Sistema CONGRESISTA DE LA REPÚBLICA## MP Dictámenes---** De:** Notificacion Sistemas** Enviado el:** jueves, 13 de Vigilancia Amazónico y Nacional marzo de 2025 10: 19** Para:** Rosario Carolina Soriano Diaz; mp. interno** Asunto:** Mensaje Usuario Interno- Dictámenes** Datos adjuntos:** 0f1152b9951fc3942a3e4db46ba737b3. pdf** [Solicitante]:** Rsoriano@ congreso. gob. pe** [Asunto]:** Mensaje Usuario Interno- Dictámenes** [Mensaje]:** NOTA: SOLICITO SE ADJUNTE EL OFICIO NRO. 627- 2024- 2025- DC- LRKM/ CR, DEL CONGRESISTA LUIS ROBERTO KAMICHE, SOBRE EL SENTIDO DE SU VOTO A FAVOR, EN EL DICTAMEN PRESENTADO, DEL PROYECTO DE LEY N° 8509/ 2024- PE, Y EL PROYECTO DE LEY N° 9868/ 2024- CR, QUE PROPONE DECLARAR DE INTERÉS NACIONAL LA CREACIÓN, IMPLEMENTACIÓN Y DESARROLLO DEL SISTEMA DE VIGILANCIA AMAZÓNICO Y NACIONAL (SIVAN) y el Sistema de Protección Amazónico y Nacional (SIPAN) tienen como finalidad la, sistematización, análisis y entrega de información del territorio nacional en tiempo real, con un enfoque integrado que permita:- a) Hacer frente a las diversas amenazas que afecten la preservación de la Amazonía y del territorio nacional.- b) Prevenir y mitigar los efectos de amenazas no convencionales que comprometan la seguridad nacional y la soberanía del territorio.- c) Combatir las actividades ilegales que generan impactos negativos sobre la seguridad nacional y el medio ambiente. d) Apoyar la mitigación y adaptación a la crisis ambiental a través de la monitorización y control de emisiones de gases de efecto invernadero, cambios en la cobertura forestal, y otros indicadores. e) Fortalecer la capacidad de respuesta rápida y eficaz del Estado en escenarios de crisis de seguridad y ambiental. f) Implementar sistemas de vigilancia para la detección temprana y control de incendios forestales que amenacen los ecosistemas de la Amazonía y otras áreas forestales del territorio nacional.###** Artículo 3. Financiamiento [Fecha]:** La implementación de lo dispuesto en la presente ley se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Defensa, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Asimismo, se autoriza a las Fuerzas Armadas y a la Policía Nacional del Perú a utilizar los recursos del Fondo al que hace referencia el artículo 1 de la Ley 28455, Ley que crea el Fondo para las Fuerzas Armadas y Policía Nacional. Además, se autoriza la gestión de financiamiento a través de mecanismos de cooperación internacional, mercados de bonos de carbono, y otras fuentes de financiamiento verde, que permitan potenciar las capacidades de SIVAN y SIPAN en el marco de la conservación de la biodiversidad y la lucha contra la crisis ambiental. Las entidades involucradas, en coordinación con el Ministerio de Defensa, elaboran lineamientos específicos para gestionar y optimizar el uso de estas fuentes de financiamiento, garantizando la transparencia y eficiencia en su aplicación.### 2025- 03- 13 10: 18: 59** Artículo 4. Coordinación interinstitucional [IP]:** El Sistema de Vigilancia Amazónico y Nacional (SIVAN) y el Sistema de Protección Amazónico y Nacional (SIPAN) operan bajo un marco de coordinación interinstitucional 192. 168. 10. 219 Su mensaje ha sido recibido. Por favor, integrando sus funciones con las del Ministerio de Defensa, el Ministerio del Interior, el Ministerio del Ambiente, la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial (CONIDA), los gobiernos regionales y gobiernos locales, y otras entidades gubernamentales, con la finalidad de garantizar un enfoque integral y multidimensional en la protección del territorio nacional, la promoción del desarrollo, la protección del medio ambiente, la prevención y control de actividades ilegales, la vigilancia y control de incendios forestales en el territorio nacional. El Ministerio de Defensa se constituye como el ente rector de estos sistemas, asegurando la integración y centralización de funciones entre las diferentes entidades del Estado. Se establecen mecanismos de comunicación efectivos mediante convenios específicos, plataformas tecnológicas y directivas técnicas interinstitucionales, y se definen las responsabilidades específicas de cada entidad para asegurar una coordinación eficaz.###** Artículo 5. Infraestructura y tecnología NO responda a este mensaje** El Ministerio de Defensa implementa tecnologías avanzadas como sistemas de radar satelitales, drones de vigilancia, sensores térmicos y redes de comunicaciones integradas, para mejorar la precisión y cobertura de vigilancia en la Amazonía y otras regiones críticas del país. Las tecnologías avanzadas implementadas también deben incluir sistemas de detección temprana de incendios forestales, mediante el uso de sensores infrarrojos, imágenes "Decenio de la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres" "Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana" satelitales y sistemas automatizados, integrados en el Centros Regionales de Vigilancia (CRV), para una respuesta rápida y coordinada antes estos eventos. Se establecen CRV en áreas estratégicas como Lima, Iquitos, Pucallpa, y Puerto Maldonado, con proyección a otras ciudades principales, según criterios de vulnerabilidad y necesidades operativas. Estos centros integrarán datos satelitales, aerotransportados y terrestres de diversas fuentes, optimizando los recursos existentes y evitando la duplicidad de esfuerzos mediante una coordinación efectiva.** Artículo 6. Evaluación y supervisión** Se crea un Comité Técnico Multisectorial, integrado por representantes del Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior, Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio del Ambiente, universidades y otras entidades pertinentes, encargado de supervisar la implementación, operación, y evaluación del SIVAN y SIPAN. Este comité será responsable de:- a) Monitorear y evaluar el impacto de SIVAN y SIPAN en la seguridad y defensa nacional, la reducción de actividades ilegales, protección ambiental y de la biodiversidad y la lucha contra la crisis ambiental.- b) Elaborar informes periódicos sobre el cumplimiento de los objetivos de la presente ley y recomendar mejoras continuas en su implementación, con una frecuencia mínima semestral.- c) Promover la transparencia y rendición de cuentas mediante la publicación periódica de informes de evaluación de impacto, disponibles a la ciudadanía, sobre el uso de recursos asignados a estos sistemas y los avances y resultados obtenidos.** DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA**** ÚNICA. Creación, desarrollo e implementación del SIVAN y el SIPAN** El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Defensa, en coordinación con el Ministerio del Interior y el Ministerio del Ambiente, es el encargado un envío automático de elaborar la propuesta normativa que disponga la creación, el desarrollo e implementación del Sistema de Vigilancia Amazónico y Nacional (SIVAN) y del Sistema de Protección Amazónico y Nacional (SIPAN), dentro del plazo de noventa (90) días hábiles contados a partir de la vigencia de la presente ley, estableciendo su carácter prioritario de conformidad con la normativa vigente una cuenta no supervisada.
Version 1
Presentado
FÓRMULA LEGAL** **LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA CREACIÓN, DESARROLLO E IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE VIGILANCIA AMAZÓNICO Y NACIONAL (SIVAN) Y DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN AMAZÓNICO Y NACIONAL (SIPAN), COMO HERRAMIENTAS PARA LA SEGURIDAD, LA DEFENSA NACIONAL, EL DESARROLLO Y LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE** **Artículo 1. Objeto** La presente ley tiene por objeto declarar de interés nacional la creación, desarrollo e implementación del Sistema de Vigilancia Amazónico y Nacional (SIVAN) y del Sistema de Protección Amazónico y Nacional (SIPAN), a fin de fortalecer la capacidad del Estado en materia de seguridad, defensa nacional, desarrollo económico y social, y protección del medio ambiente, con especial atención a la Amazonía, mediante la coordinación interinstitucional y la implementación de tecnologías avanzadas de monitoreo, vigilancia y respuesta temprana. **Artículo 2. Finalidad** El Sistema de Vigilancia Amazónico y Nacional (SIVAN) y el Sistema de Protección Amazónico y Nacional (SIPAN) tienen como finalidad la, sistematización, análisis y entrega de información del territorio nacional en tiempo real, con un enfoque integrado que permita: - a) Hacer frente a las diversas amenazas que afecten la preservación de la Amazonía y del territorio nacional. - b) Prevenir y mitigar los efectos de amenazas no convencionales que comprometan la seguridad nacional y la soberanía del territorio. - c) Combatir las actividades ilegales que generan impactos negativos sobre la seguridad nacional y el medio ambiente. d) Apoyar la mitigación y adaptación a la crisis ambiental a través de la monitorización y control de emisiones de gases de efecto invernadero, cambios en la cobertura forestal, y otros indicadores. e) Fortalecer la capacidad de respuesta rápida y eficaz del Estado en escenarios de crisis de seguridad y ambiental. f) Implementar sistemas de vigilancia para la detección temprana y control de incendios forestales que amenacen los ecosistemas de la Amazonía y otras áreas forestales del territorio nacional. ### **Artículo 3. Financiamiento** La implementación de lo dispuesto en la presente ley se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Defensa, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Asimismo, se autoriza a las Fuerzas Armadas y a la Policía Nacional del Perú a utilizar los recursos del Fondo al que hace referencia el artículo 1 de la Ley 28455, Ley que crea el Fondo para las Fuerzas Armadas y Policía Nacional. Además, se autoriza la gestión de financiamiento a través de mecanismos de cooperación internacional, mercados de bonos de carbono, y otras fuentes de financiamiento verde, que permitan potenciar las capacidades de SIVAN y SIPAN en el marco de la conservación de la biodiversidad y la lucha contra la crisis ambiental. Las entidades involucradas, en coordinación con el Ministerio de Defensa, elaboran lineamientos específicos para gestionar y optimizar el uso de estas fuentes de financiamiento, garantizando la transparencia y eficiencia en su aplicación. ### **Artículo 4. Coordinación interinstitucional** El Sistema de Vigilancia Amazónico y Nacional (SIVAN) y el Sistema de Protección Amazónico y Nacional (SIPAN) operan bajo un marco de coordinación interinstitucional, integrando sus funciones con las del Ministerio de Defensa, el Ministerio del Interior, el Ministerio del Ambiente, la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial (CONIDA), los gobiernos regionales y gobiernos locales, y otras entidades gubernamentales, con la finalidad de garantizar un enfoque integral y multidimensional en la protección del territorio nacional, la promoción del desarrollo, la protección del medio ambiente, la prevención y control de actividades ilegales, la vigilancia y control de incendios forestales en el territorio nacional. El Ministerio de Defensa se constituye como el ente rector de estos sistemas, asegurando la integración y centralización de funciones entre las diferentes entidades del Estado. Se establecen mecanismos de comunicación efectivos mediante convenios específicos, plataformas tecnológicas y directivas técnicas interinstitucionales, y se definen las responsabilidades específicas de cada entidad para asegurar una coordinación eficaz. ### **Artículo 5. Infraestructura y tecnología** El Ministerio de Defensa implementa tecnologías avanzadas como sistemas de radar satelitales, drones de vigilancia, sensores térmicos y redes de comunicaciones integradas, para mejorar la precisión y cobertura de vigilancia en la Amazonía y otras regiones críticas del país. Las tecnologías avanzadas implementadas también deben incluir sistemas de detección temprana de incendios forestales, mediante el uso de sensores infrarrojos, imágenes "Decenio de la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres" "Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana" satelitales y sistemas automatizados, integrados en el Centros Regionales de Vigilancia (CRV), para una respuesta rápida y coordinada antes estos eventos. Se establecen CRV en áreas estratégicas como Lima, Iquitos, Pucallpa, y Puerto Maldonado, con proyección a otras ciudades principales, según criterios de vulnerabilidad y necesidades operativas. Estos centros integrarán datos satelitales, aerotransportados y terrestres de diversas fuentes, optimizando los recursos existentes y evitando la duplicidad de esfuerzos mediante una coordinación efectiva. **Artículo 6. Evaluación y supervisión** Se crea un Comité Técnico Multisectorial, integrado por representantes del Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior, Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio del Ambiente, universidades y otras entidades pertinentes, encargado de supervisar la implementación, operación, y evaluación del SIVAN y SIPAN. Este comité será responsable de: - a) Monitorear y evaluar el impacto de SIVAN y SIPAN en la seguridad y defensa nacional, la reducción de actividades ilegales, protección ambiental y de la biodiversidad y la lucha contra la crisis ambiental. - b) Elaborar informes periódicos sobre el cumplimiento de los objetivos de la presente ley y recomendar mejoras continuas en su implementación, con una frecuencia mínima semestral. - c) Promover la transparencia y rendición de cuentas mediante la publicación periódica de informes de evaluación de impacto, disponibles a la ciudadanía, sobre el uso de recursos asignados a estos sistemas y los avances y resultados obtenidos. **DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA** **ÚNICA. Creación, desarrollo e implementación del SIVAN y el SIPAN** El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Defensa, en coordinación con el Ministerio del Interior y el Ministerio del Ambiente, es el encargado de elaborar la propuesta normativa que disponga la creación, el desarrollo e implementación del Sistema de Vigilancia Amazónico y Nacional (SIVAN) y del Sistema de Protección Amazónico y Nacional (SIPAN), dentro del plazo de noventa (90) días hábiles contados a partir de la vigencia de la presente ley, estableciendo su carácter prioritario de conformidad con la normativa vigente.
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texto sustitutorio propone la Ley que declara de interés nacional la creación, implementación y desarrollo del Sistema de Vigilancia Amazónico y Nacional (SIVAN) y del Sistema de Protección Amazónico y Nacional (SIPAN); y no como lo había consignado en el documento de la referencia. La razón de mi petición es que, debido a fallas de conectividad no pude marcar mi votación en su oportunidad, lo que agradeceré tenga en cuenta. Sin otro particular, hago propicia la oportunidad para reiterarle los sentimientos de mi consideración más distinguida. Atentamente, Firmado digitalmente por: KAMICHE MORANTE Luis Roberto FAU 20161749126 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 05/03/2025 18:27:53-0500 **DR. LUIS ROBERTO KAMICHE MORANTE** CONGRESISTA DE LA REPÚBLICA ## MP Dictámenes --- **De:** Notificacion Sistemas **Enviado el:** jueves, 13 de marzo de 2025 10:19 **Para:** Rosario Carolina Soriano Diaz; mp.interno **Asunto:** Mensaje Usuario Interno - Dictámenes **Datos adjuntos:** 0f1152b9951fc3942a3e4db46ba737b3.pdf **[Solicitante]:** Rsoriano@congreso.gob.pe **[Asunto]:** Mensaje Usuario Interno - Dictámenes **[Mensaje]:** NOTA: SOLICITO SE ADJUNTE EL OFICIO NRO.627-2024-2025-DC-LRKM/CR, DEL CONGRESISTA LUIS ROBERTO KAMICHE, SOBRE EL SENTIDO DE SU VOTO A FAVOR, EN EL DICTAMEN PRESENTADO, DEL PROYECTO DE LEY N° 8509/2024-PE, Y EL PROYECTO DE LEY N° 9868/2024-CR, QUE PROPONE DECLARAR DE INTERÉS NACIONAL LA CREACIÓN, IMPLEMENTACIÓN Y DESARROLLO DEL SISTEMA DE VIGILANCIA AMAZÓNICO Y NACIONAL (SIVAN) **[Fecha]:** 2025-03-13 10:18:59 **[IP]:** 192.168.10.219 Su mensaje ha sido recibido. Por favor, **NO responda a este mensaje**, es un envío automático de una cuenta no supervisada.