LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL EL RECONOCIMIENTO DEL MERCADO ABASTOS DEL CALLAO COMO EMBLEMA CULTURAL DE LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO
Differences
### COMISIÓN DE CULTURA Y PATRIMONIO CULTURAL Periodo Anual de Sesiones 2024- 2025 Señor presidente: Ha ingresado para estudio y dictamen de la Comisión de Cultura y Patrimonio Cultural los siguientes proyectos de ley: 1. 1.** Proyecto de ley 9832/ 2024- CR TEXTO SUSTITUTORIO**, ley que declara de interés nacional el reconocimiento del mercado de abastos del callao como emblema cultural de la Provincia Constitucional del Callao, presentado por la congresista** Patricia Rosa Chirinos Venegas**, integrante del grupo parlamentario "Renovación Popular". 2. 2.** Proyecto de ley 10901/ 2024- CR**, ley que declara de necesidad pública e interés nacional la conservación, preservación, protección y puesta en valor del mercado de San Pedro de la provincia del Cusco, departamento del Cusco, presentado por el congresista** Roberto Helbert Sánchez Palomino**, integrante del grupo parlamentario "Juntos por el Perú- Voces del Pueblo". Ambas iniciativas legislativas ingresaron en el ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 107 de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 75 y 76 del Reglamento del Congreso de la República. Después del análisis y debate correspondiente, la Comisión acordó por** MAYORIA** de los presentes, con la aprobación del acta y la dispensa de su lectura para efectuar los acuerdos, en su Sexta Sesión Extraordinaria del 20 de junio de 2025, la** APROBACIÓN** del dictamen recaído en los Proyectos de Ley N° 9832/ 2024- CR y 10901/ 2024- CR, que con texto sustitutorio propone la ley que declara de interés nacional la protección, conservación, gestión y puesta en valor de mercados ubicados en el departamento de Cusco y la provincia constitucional del Callao. Votaron a favor los señores congresistas: Edgard Reymundo Mercado, Alejandro Soto Reyes, José Luis Elías Ávalos, Isaac Mita Alanoca, Cheryl Trigozo Reategui, Carlos Alva Rojas, Germán Tacuri Valdivia, Alex Flores Ramírez, Javier Padilla Romero y Susel Paredes Piqué. Votos en abstinencia de los congresistas: Víctor Flores Ruiz, David Jiménez Heredia y el voto del congresista accesorio Cesar Revilla Villanueva en reemplazo de la congresista Martha Moyano Delgado. No se formularon votos en contra. Se deja constancia que presentó licencia los señores congresistas: Héctor Acuña Peralta, Karol Paredes Fonseca y Margot Palacios Huamán.#### I. SITUACIÓN PROCESAL##### Antecedentes procedimentales 1. 1. El proyecto de ley** 9832/ 2024- CR** fue presentado ante el área de trámite documentario el 06 de enero de 2025 e ingresó la misma fecha a la Comisión de Cultura y Patrimonio Cultural para su estudio y dictamen como única comisión dictaminadora. 2. 2. El proyecto de ley** 10901/ 2024- CR** fue presentado ante el área de trámite documentario el 24 de abril de 2025 e ingresó el 28 de abril del mismo año a la## Comisión de Cultura y Patrimonio Cultural "Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres" "Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana" DICTAMEN RECAÍDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 9832/ 2024- CR Y 10901/ 2024- CR, QUE CON TEXTO SUSTITUTORIO PROPONE LA LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA PROTECCIÓN, CONSERVACIÓN, GESTIÓN Y PUESTA EN VALOR DE LOS MERCADOS CENTRAL SAN PEDRO Y DE ABASTOS DEL CALLAO UBICADOS EN EL DEPARTAMENTO DE CUSCO Y EN LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO, RESPECTIVAMENTE**** Artículo único. Comisión Declaración de interés nacional** Se declaran de interés nacional la protección, conservación, gestión y puesta en valor de los siguientes mercados ubicados en el departamento de Cusco y en la Provincia Constitucional del Callao:- a) Mercado Central San Pedro de la provincia del Cusco del departamento de Cusco.- b) Mercado de Abastos del Callao de la Provincia Constitucional del Callao. Para tal fin, el Ministerio de Cultura y Patrimonio Cultural para su estudio el Ministerio de Comercio Exterior y dictamen como segunda comisión dictaminadora, siendo la primera la Comisión de Presupuesto Turismo coordinan con los gobiernos regionales y Cuenta General los gobiernos locales de la República Provincia Constitucional del Callao y del departamento de Cusco las acciones en el marco de sus atribuciones y competencias. Al respecto de ambas iniciativas legales, la Comisión de Cultura y Patrimonio Cultural ha verificado que cumplen con los requisitos establecidos en los artículos 75 y 76 del Reglamento del Congreso de la República, tales como son la
Version 1
Revisión o cambio de texto
TEXTO SUSTITUTORIO PROPONE LA LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA PROTECCIÓN, CONSERVACIÓN, GESTIÓN Y PUESTA EN VALOR DE MERCADOS UBICADOS EN EL DEPARTAMENTO DE CUSCO Y LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO. ### COMISIÓN DE CULTURA Y PATRIMONIO CULTURAL Periodo Anual de Sesiones 2024-2025 Señor presidente: Ha ingresado para estudio y dictamen de la Comisión de Cultura y Patrimonio Cultural los siguientes proyectos de ley: 1. 1. **Proyecto de ley 9832/2024-CR**, ley que declara de interés nacional el reconocimiento del mercado de abastos del callao como emblema cultural de la Provincia Constitucional del Callao, presentado por la congresista **Patricia Rosa Chirinos Venegas**, integrante del grupo parlamentario "Renovación Popular". 2. 2. **Proyecto de ley 10901/2024-CR**, ley que declara de necesidad pública e interés nacional la conservación, preservación, protección y puesta en valor del mercado de San Pedro de la provincia del Cusco, departamento del Cusco, presentado por el congresista **Roberto Helbert Sánchez Palomino**, integrante del grupo parlamentario "Juntos por el Perú - Voces del Pueblo". Ambas iniciativas legislativas ingresaron en el ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 107 de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 75 y 76 del Reglamento del Congreso de la República. Después del análisis y debate correspondiente, la Comisión acordó por **MAYORIA** de los presentes, con la aprobación del acta y la dispensa de su lectura para efectuar los acuerdos, en su Sexta Sesión Extraordinaria del 20 de junio de 2025, la **APROBACIÓN** del dictamen recaído en los Proyectos de Ley N° 9832/2024-CR y 10901/2024-CR, que con texto sustitutorio propone la ley que declara de interés nacional la protección, conservación, gestión y puesta en valor de mercados ubicados en el departamento de Cusco y la provincia constitucional del Callao. Votaron a favor los señores congresistas: Edgard Reymundo Mercado, Alejandro Soto Reyes, José Luis Elías Ávalos, Isaac Mita Alanoca, Cheryl Trigozo Reategui, Carlos Alva Rojas, Germán Tacuri Valdivia, Alex Flores Ramírez, Javier Padilla Romero y Susel Paredes Piqué. Votos en abstinencia de los congresistas: Víctor Flores Ruiz, David Jiménez Heredia y el voto del congresista accesorio Cesar Revilla Villanueva en reemplazo de la congresista Martha Moyano Delgado. No se formularon votos en contra. Se deja constancia que presentó licencia los señores congresistas: Héctor Acuña Peralta, Karol Paredes Fonseca y Margot Palacios Huamán. #### I. SITUACIÓN PROCESAL ##### Antecedentes procedimentales 1. 1. El proyecto de ley **9832/2024-CR** fue presentado ante el área de trámite documentario el 06 de enero de 2025 e ingresó la misma fecha a la Comisión de Cultura y Patrimonio Cultural para su estudio y dictamen como única comisión dictaminadora. 2. 2. El proyecto de ley **10901/2024-CR** fue presentado ante el área de trámite documentario el 24 de abril de 2025 e ingresó el 28 de abril del mismo año a la ## Comisión de Cultura y Patrimonio Cultural "Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres" "Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana" DICTAMEN RECAÍDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 9832/2024-CR Y 10901/2024-CR, QUE CON TEXTO SUSTITUTORIO PROPONE LA LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA PROTECCIÓN, CONSERVACIÓN, GESTIÓN Y PUESTA EN VALOR DE MERCADOS UBICADOS EN EL DEPARTAMENTO DE CUSCO Y LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO. Comisión de Cultura y Patrimonio Cultural para su estudio y dictamen como segunda comisión dictaminadora, siendo la primera la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República. Al respecto de ambas iniciativas legales, la Comisión de Cultura y Patrimonio Cultural ha verificado que cumplen con los requisitos establecidos en los artículos 75 y 76 del Reglamento del Congreso de la República, tales como son la
Version 2
Revisión o cambio de texto
TEXTO SUSTITUTORIO PROPONE LA LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA PROTECCIÓN, CONSERVACIÓN, GESTIÓN Y PUESTA EN VALOR DE MERCADOS UBICADOS EN EL DEPARTAMENTO DE CUSCO Y LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO. **TEXTO SUSTITUTORIO** **LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA PROTECCIÓN, CONSERVACIÓN, GESTIÓN Y PUESTA EN VALOR DE LOS MERCADOS CENTRAL SAN PEDRO Y DE ABASTOS DEL CALLAO UBICADOS EN EL DEPARTAMENTO DE CUSCO Y EN LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO, RESPECTIVAMENTE** **Artículo único. Declaración de interés nacional** Se declaran de interés nacional la protección, conservación, gestión y puesta en valor de los siguientes mercados ubicados en el departamento de Cusco y en la Provincia Constitucional del Callao: - a) Mercado Central San Pedro de la provincia del Cusco del departamento de Cusco. - b) Mercado de Abastos del Callao de la Provincia Constitucional del Callao. Para tal fin, el Ministerio de Cultura y el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo coordinan con los gobiernos regionales y los gobiernos locales de la Provincia Constitucional del Callao y del departamento de Cusco las acciones en el marco de sus atribuciones y competencias.