LEY QUE AUTORIZA CREAR LA FILIAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ MARÍA ARGUEDAS EN LA CIUDAD DE ANTABAMBA
Differences
TEXTO SUSTITUTORIO EL CONGRESO DE~~ LAS FÓRMULAS LEGALES CONTENIDAS EN LOS DICTÁMENES QUE ACUMULAN~~ LOS PROYECTOS DE LEY 2709/ 2021- CR, 3922/ 2022- CR, 4728/ 2022- CR, 7553/ 2023- CR, 8080/ 2023- CR, 9756/ 2024- CR Y 9885/ 2024- CR LA REPÚBLICA; Y 9790/ 2024- CR Y 10235/ 2024- CR**** Ha dado la Ley siguiente:**** LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA CREACIÓN DE DIVERSAS FILIALES UNIVERSITARIAS EN LOS DEPARTAMENTOS DE AMAZONAS, PUNO, SAN MARTÍN, TUMBES, APURÍMAC Y HUANCABELICA**
* Se declara de interés nacional la creación de las siguientes filiales universitarias:*- a)* Filial de la Universidad Nacional de Ingeniería, en el departamento de Amazonas.*- b)* Filial de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua, en la provincia de Condorcanchi del departamento de Amazonas.*- c)* Filial de la Universidad Nacional del Altiplano, en la provincia de Carabaya del departamento de Puno.*- d)* Filial de la Universidad Nacional del Altiplano, en el distrito de Ilave de la provincia de El Collao del departamento de Puno.*- e)* Filial de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, en el distrito de Ilave de la provincia de El Collao del departamento de Puno.*- f)* Filial de la Universidad Nacional Autónoma de Bellas Artes del Perú, en el departamento de San Martín.*- g)* Filial de la Universidad Nacional de Tumbes, en la provincia de Zarumilla del departamento de Tumbes.*- h)* Filial de la Universidad Nacional José María Arguedas (UNAJMA), en el distrito de Antabamba de la provincia de Antabamba del departamento de Apurímac. EN DEBATE 5/ DIC/ 25 F: 78 C: 0 A: 12 APROB 1< sup> er</ sup> o VOTADO Exonerado 2< sup> do</ sup> VOTADO F: 78 C: 0 A: 12 APROB*- i)* Filial de la Universidad Nacional de Huancavelica (UNH), en el distrito de Surcubamba de la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica.** El Ministerio de Educación, en coordinación con las universidades involucradas, los gobiernos regionales y los gobiernos locales correspondientes, así como con la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), realizarán las acciones necesarias para la referida creación.**
Version 1
Revisión o cambio de texto
TEXTO SUSTITUTORIO DE ~~LAS FÓRMULAS LEGALES CONTENIDAS EN LOS DICTÁMENES QUE ACUMULAN~~ LOS PROYECTOS DE LEY 2709/2021-CR, 3922/2022-CR, 4728/2022-CR, 7553/2023-CR, 8080/2023-CR, 9756/2024-CR Y 9885/2024-CR; Y 9790/2024-CR Y 10235/2024-CR** **LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA CREACIÓN DE DIVERSAS FILIALES UNIVERSITARIAS EN LOS DEPARTAMENTOS DE AMAZONAS, PUNO, SAN MARTÍN, TUMBES, APURÍMAC Y HUANCABELICA** **Artículo único. Declaración de interés nacional** Se declara de interés nacional la creación de las siguientes filiales universitarias: - a) Filial de la Universidad Nacional de Ingeniería, en el departamento de Amazonas. - b) Filial de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua, en la provincia de Condorcanchi del departamento de Amazonas. - c) Filial de la Universidad Nacional del Altiplano, en la provincia de Carabaya del departamento de Puno. - d) Filial de la Universidad Nacional del Altiplano, en el distrito de Ilave de la provincia de El Collao del departamento de Puno. - e) Filial de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, en el distrito de Ilave de la provincia de El Collao del departamento de Puno. - f) Filial de la Universidad Nacional Autónoma de Bellas Artes del Perú, en el departamento de San Martín. - g) Filial de la Universidad Nacional de Tumbes, en la provincia de Zarumilla del departamento de Tumbes. - h) Filial de la Universidad Nacional José María Arguedas (UNAJMA), en el distrito de Antabamba de la provincia de Antabamba del departamento de Apurímac. EN DEBATE 5/DIC/25 F: 78 C: 0 A: 12 APROB 1<sup>er</sup>o VOTADO Exonerado 2<sup>do</sup> VOTADO F: 78 C: 0 A: 12 APROB
Version 2
Autógrafa
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;** **Ha dado la Ley siguiente:** **LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA CREACIÓN DE DIVERSAS FILIALES UNIVERSITARIAS EN LOS DEPARTAMENTOS DE AMAZONAS, PUNO, SAN MARTÍN, TUMBES, APURÍMAC Y HUANCABELICA** **Artículo único. Declaración de interés nacional** *Se declara de interés nacional la creación de las siguientes filiales universitarias:* - a) *Filial de la Universidad Nacional de Ingeniería, en el departamento de Amazonas.* - b) *Filial de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua, en la provincia de Condorcanchi del departamento de Amazonas.* - c) *Filial de la Universidad Nacional del Altiplano, en la provincia de Carabaya del departamento de Puno.* - d) *Filial de la Universidad Nacional del Altiplano, en el distrito de Ilave de la provincia de El Collao del departamento de Puno.* - e) *Filial de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, en el distrito de Ilave de la provincia de El Collao del departamento de Puno.* - f) *Filial de la Universidad Nacional Autónoma de Bellas Artes del Perú, en el departamento de San Martín.* - g) *Filial de la Universidad Nacional de Tumbes, en la provincia de Zarumilla del departamento de Tumbes.* - h) *Filial de la Universidad Nacional José María Arguedas (UNAJMA), en el distrito de Antabamba de la provincia de Antabamba del departamento de Apurímac.* - i) *Filial de la Universidad Nacional de Huancavelica (UNH), en el distrito de Surcubamba de la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica.* *El Ministerio de Educación, en coordinación con las universidades involucradas, los gobiernos regionales y los gobiernos locales correspondientes, así como con la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), realizarán las acciones necesarias para la referida creación.* *