PL 03008/2022-CR No aprobado

LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 112° DE LA LEY N° 26859, LEY ORGÁNICA DE ELECCIONES, QUE ESTABLECE EL REQUISITO DE RESIDENCIA MÍNIMA DE TRES (3) AÑOS A LOS CANDIDATOS A REPRESENTANTES AL CONGRESO DEL DISTRITO ELECTORAL DE LOS PERUANOS EN EL EXTRANJERO

Constitución y Reglamento
Fecha de presentación: 08-09-2022 Tiempo desde la presentación: 1460 días

Etapa actual: En Comisión

Autor: Jorge Arturo Zeballos Aponte

Partido: Renovación Popular

Resumen:

El Proyecto 03008/2022-CR, presentado en septiembre de 2022, aborda la Ley que modifica el artículo 112° de la ley N° 26859, ley orgánica de elecciones, que establece el requisito de residencia mínima de tres (3) años a los candidatos a representantes al congreso del distrito electoral de los peruanos en el extranjero. Tras su evaluación en comisión, el proyecto continuó su trámite sin un resultado final aprobatorio en los registros disponibles.

2022-09-12 - En Comisión

2022-09-08 - Presentado

LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 112° DE LA LEY N° 26859, LEY ORGÁNICA DE ELECCIONES, QUE ESTABLECE EL REQUISITO DE RESIDENCIA MÍNIMA DE TRES (3) AÑOS A LOS CANDIDATOS A REPRESENTANTES AL CONGRESO DEL DISTRITO ELECTORAL DE LOS PERUANOS EN EL EXTRANJERO