LEY QUE MODIFICA EL DECRETO LEGISLATIVO 650, LEY DE COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS, A EFECTOS DE FACULTAR EL RETIRO DE HASTA EL 100% DE LA COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS (CTS) PARA CASOS DE ENFERMEDAD TERMINAL O DIAGNÓSTICO DE CÁNCER
Differences
presenta la siguiente iniciativa legislativa.#### PROYECTO DE LEY#### TEXTO SUSTITUTORIO, PROPONE LA LEY QUE MODIFICA EL DECRETO LEGISLATIVO 650, LEY DE COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS, A EFECTOS DE FACULTAR EL RETIRO DE HASTA EL 100% DE LA COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS (CTS) PARA CASOS DE ENFERMEDAD TERMINAL O DIAGNÓSTICO DE CÁNCER** Artículo Único, Y CUBRIR NECESIDADES POR LA CRISIS ECONOMICA.** Modificación del artículo 42 COMISIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL**** Periodo Anual de Sesiones 2024- 2025**** Señor presidente:** Ha sido remitido para dictamen de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social los siguientes Proyectos de Ley:-• Proyecto de Ley 117/ 2021- CR, presentado por el Grupo Parlamentario Juntos por el Perú, a iniciativa de la Congresista Isabel Cortez Aguirre, que propone disponer medidas para garantizar los derechos de los trabajadores que se vieron afectados por disposiciones realizadas en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID- 19, sin que exista supuesto habilitante de causa efecto y responsabilidad, para configurarse razonablemente la medida legal (acumulado durante sesión de Comisión).-• Proyecto de Ley 8565/ 2024- CR, presentado por el Grupo Parlamentario Juntos por el Perú, Voces del Pueblo, a iniciativa del Congresista Jorge Samuel Coayla Juárez, que propone disponer del 10% de la Compensación por tiempo de servicios de cada trabajador, que tiene la calidad de beneficio social de previsión de contingencias, pase a formar parte del fondo de pensiones del trabajador.-• Proyecto de Ley 9844/ 2024- CR, presentado por el Grupo Parlamentario Bloque Magisterial de Concertación Nacional, a iniciativa del Congresista Segundo Teodomiro Quiroz Barboza, que autorizar, de manera excepcional y por única vez, la disposición total del 100% de los depósitos acumulados en concepto de Compensación por tiempo de servicios (CTS) para mitigar los impactos económicos ocasionados por la inestabilidad política, los efectos del cambio climático y el contexto internacional adverso.-• Proyecto de Ley 9896/ 2024- CR, presentado por el Grupo Parlamentario Bloque Democrático Popular, a iniciativa del Congresista Edgar Reymundo Mercado, que propone autorizar por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2025, a los trabajadores comprendidos dentro de los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo tiempo de Servicios. Se modifica el artículo 42 en servicios, aprobado por el Decreto Legislativo 650 Supremo 001- 97- TR, Ley de Compensación a disponer libremente del cien por Tiempo de Servicios, en los términos siguientes:* "Artículo 42.- El trabajador podrá efectuar retiros parciales de libre disposición con cargo a su depósito CTS e intereses acumulados siempre que no exceda del 50% ciento de los mismos.** El trabajador depósitos por compensación por tiempo de servicios (CTS) efectuados en caso de ser diagnosticado con enfermedad terminal o cáncer podrá efectuar el retiro del 100% de su depósito CTS e intereses las entidades financieras y que tengan a acumulados, las veces que lo considere pertinente. El cálculo se efectuará a la fecha en de disposición.-• Proyecto de Ley 9934/ 2024- CR, presentado por iniciativa de la Congresista no agrupada Margot Palacios Huamán, por el que propone autorizar, hasta el trabajador solicite al depositario 31 de diciembre de 2026, el retiro total precedentemente señalado de la Compensación por tiempo de servicios (CTS) acumulada por los trabajadores, de manera excepcional y temporal, como medida para reactivar la economía nacional, apoyando a los trabajadores y a sus familias en un contexto de crisis económica global.".* ELVA EDHIT JULÓN IRIGOIN Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres ""Año de la recuperación y la consolidación de la economía peruana"## DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA** ÚNICA DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY: 117/ 2021- CR, 08565/ 2024- CR, 09844/ 2024- CR, 09896/ 2024- CR, 09934/ 2024- CR, 09948/ 2024- CR, 09958/ 2024- CR, 10023/ 2024- CR, 10066/ 2024- CR, 10080/ 2024- CR, 10216/ 2024- CR, 10226/ 2024- CR, 10398/ 2024- CR, Y 10435/ 2024- CR; QUE, CON TEXTO SUSTITUTORIO, PROPONE LA LEY QUE MODIFICA EL DECRETO LEGISLATIVO 650, LEY DE COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS, A EFECTOS DE FACULTAR EL RETIRO DE HASTA EL 100% DE LA COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS (CTS) PARA CASOS DE ENFERMEDAD TERMINAL O DIAGNÓSTICO DE CÁNCER, Y CUBRIR NECESIDADES POR LA CRISIS ECONOMICA. Autorización excepcional para**-• Proyecto de Ley 9948/ 2024- CR, presentado por el Grupo Parlamentario Podemos Perú, a iniciativa del Congresista Juan Bartolomé Burgos Oliveros, que propone autorizar a todos los trabajadores del sector público y privado según el ámbito de aplicación que corresponda, a disponer del 100% de sus fondos acumulados por concepto de compensación por tiempo de servicios (CTS).-• Proyecto de Ley 9958/ 2024- CR, presentado por el Grupo Parlamentario Podemos Perú, a iniciativa de la Congresista Digna Calle Lobatón, que propone autorizar a los trabajadores a solicitar y disponer de la compensación por tiempo de servicios (CTS), con la finalidad de fortalecer la economía familiar y hacer frente a la crisis económica que afronta nuestro país.-• Proyecto de Ley 10023/ 2024- CR, presentado por el Grupo Parlamentario Alianza para el Progreso, a iniciativa de la Congresista Elva Edhit Julón Irigoin, que propone modificar el decreto legislativo 650, Ley de Compensación por tiempo de servicios, a efectos de facultar el retiro del cien por ciento de hasta 100% de la Compensación por Tiempo tiempo de Servicios servicios (CTS) para casos de enfermedad terminal o diagnóstico de cáncer.** Se autoriza-• Proyecto de Ley 10066/ 2024- CR, excepcionalmente presentado por el Grupo Parlamentario Bloque Magisterial de Concertación Nacional, a iniciativa del Congresista Paul Silvio Gutiérrez Ticona, que propone autorizar, de manera excepcional y por única vez, el retiro del 100% de los fondos acumulados en las cuentas de Compensación por tiempo de servicios (CTS), con el propósito de fortalecer la capacidad económica de los trabajadores frente a las adversidades derivadas de la inestabilidad política, los fenómenos climáticos externos y las condiciones desfavorables de la coyuntura nacional e internacional.-• Proyecto de Ley 10080/ 2024- CR, presentado por el Grupo Parlamentario Bancada Socialista, a iniciativa del Congresista Alfredo Pariona Sinche, que propone permitir, hasta diciembre de 2026, que los trabajadores dispongan libremente del dinero por concepto de compensación por tiempo de servicios (CTS) del que sean titulares.-• Proyecto de Ley 10216/ 2024- CR, presentado por el Grupo Parlamentario Podemos Perú, a iniciativa del Congresista Jorge Luis Flores Ancachi, que propone autorizar de manera excepcional y por única vez, hasta el 31 de diciembre de 2026, a los trabajadores que se encuentran dentro del ámbito sujetos al régimen del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo tiempo de Servicios servicios, aprobada mediante Decreto Supremo 001- 97- TR, a retirar hasta el cien por ciento (disponer libremente del 100%) de los depósitos recibidos fondos acumulados en sus cuentas individuales de CTS en las entidades financieras correspondientes, acumulados hasta la fecha de la disposición.-• Proyecto de Ley 10226/ 2024- CR, presentado por concepto el Grupo Parlamentario Podemos Perú, a iniciativa del Congresista Jhaec Darwin Espinoza Vargas, que propone autorizar a los trabajadores a disponer el retiro extraordinario y voluntario "Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres "" Año de la recuperación y la consolidación de la economía peruana "** DICTAMEN RECAÍDO EN LOS PROYECTOS DE LEY: 117/ 2021- CR, 08565/ 2024- CR, 09844/ 2024- CR, 09896/ 2024- CR, 09934/ 2024- CR, 09948/ 2024- CR, 09958/ 2024- CR, 10023/ 2024- CR, 10066/ 2024- CR, 10080/ 2024- CR, 10216/ 2024- CR, 10226/ 2024- CR, 10398/ 2024- CR, Y 10435/ 2024- CR; QUE, CON TEXTO SUSTITUTORIO, PROPONE LA LEY QUE MODIFICA EL DECRETO LEGISLATIVO 650, LEY DE COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS, A EFECTOS DE FACULTAR EL RETIRO DE HASTA EL 100% DE LA COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS (CTS) PARA CASOS DE ENFERMEDAD TERMINAL O DIAGNÓSTICO DE CÁNCER, Y CUBRIR NECESIDADES POR LA CRISIS ECONOMICA.** del 100% de la Compensación por Tiempo tiempo de Servicios servicios (CTS) hasta diciembre del 2026, a fin de afrontar la recesión económica que atraviesa el país.-• Proyecto de Ley 10398/ 2024- CR, presentado por el Grupo Parlamentario Alianza para el Progreso, a iniciativa del Congresista Luis Roberto Kamiche Morante, que propone autorizar de manera excepcional, para que las mujeres trabajadoras retiren el 100% de la Compensación por tiempo de servicios (CTS) para aliviar los efectos negativos de la brecha salarial de género y la desigualdad estructural en el ámbito laboral; que limitan su autonomía financiera.-• Proyecto de Ley 10435/ 2024- CR, presentado por el Grupo Parlamentario Podemos Perú, a iniciativa del Congresista Guido Bellido Ugarte, que propone autorizar, hasta el 31 de diciembre de 2025.## DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL** ÚNICA. Adecuación al reglamento** Se faculta al Poder Ejecutivo 2026, la libre disponibilidad del 100% de los depósitos por Compensación por tiempo de servicios (CTS) efectuados por los empleadores en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario las entidades financieras, a adecuar el reglamento favor de los trabajadores comprendidos dentro de los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo tiempo de Servicios servicios, aprobado por el Decreto Supremo 001- 97- TR. En la décima cuarta sesión ordinaria semipresencial, celebrada el 18 de marzo de 2025, la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, con las disposiciones dispensa del trámite de sanción del acta, aprobó por mayoría el dictamen recaído en los Proyectos de Ley: 117/ 2021- CR, 08565/ 2024- CR, 09844/ 2024- CR, 09896/ 2024- CR, 09934/ 2024- CR, 09948/ 2024- CR, 09958/ 2024- CR, 10023/ 2024- CR, 10066/ 2024- CR, 10080/ 2024- CR, 10216/ 2024- CR, 10226/ 2024- CR, 10398/ 2024- CR y 10435/ 2024- CR que, con texto sustitutorio, propone la Ley que modifica el Decreto Legislativo 650, Ley de compensación por tiempo de servicios, a efectos de facultar el retiro de hasta el 100% de la presente ley compensación por tiempo de servicios (CTS) para casos de enfermedad terminal o diagnóstico de cáncer, bajo responsabilidad y cubrir necesidades ante la crisis económica. Votaron a favor los señores congresistas Elva Edhit JULÓN IRIGOÍN, presidenta, Isabel CORTEZ AGUIRRE, vicepresidenta, Juan Bartolomé BURGOS OLIVEROS, secretario, María Grimaneza ACUÑA PERALTA, María Antonieta AGÜERO GUTIÉRREZ, María del Carmen ALVA PRIETO, Carlos Enrique ALVA ROJAS, Sigrid Tesoro BAZÁN NARRO, Jorge Samuel COAYLA JUÁREZ, Pasión Neomias DÁVILA ATANACIO, Américo GONZA CASTILLO, Segundo Teodomiro QUIROZ BARBOZA, Wilson Rusbel QUISPE MAMANI, Bernardo Jaime QUITO SARMIENTO y Cruz María ZETA CHUNGA. Se registró el voto en abstinencia de los congresistas Eduardo Enrique CASTILLO RIVAS, Jorge Alberto MORANTE FIGARI y Tania Estefany RAMÍREZ GARCÍA. No se registraron votos en contra. "Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres" "Año de la recuperación y la consolidación de la economía peruana" DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY: 117/ 2021- CR, 08565/ 2024- CR, 09844/ 2024- CR, 09896/ 2024- CR, 09934/ 2024- CR, 09948/ 2024- CR, 09958/ 2024- CR, 10023/ 2024- CR, 10066/ 2024- CR, 10080/ 2024- CR, 10216/ 2024- CR, 10226/ 2024- CR, 10398/ 2024- CR, Y 10435/ 2024- CR; QUE, CON TEXTO SUSTITUTORIO, PROPONE LA LEY QUE MODIFICA EL DECRETO LEGISLATIVO 650, LEY DE COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS, A EFECTOS DE FACULTAR EL RETIRO DE HASTA EL 100% DE LA COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS (CTS) PARA CASOS DE ENFERMEDAD TERMINAL O DIAGNÓSTICO DE CÁNCER, Y CUBRIR NECESIDADES POR LA CRISIS ECONOMICA.## 1. SITUACIÓN PROCESAL### 1. 1. ANTECEDENTES PROCEDIMENTALES- 1. 1. 1. El Proyecto de Ley 00117/ 2021- CR, que fue presentado al Área de Trámite Documentario el 2 de setiembre de 2021, e ingresó a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social el 6 de setiembre de 2021, como única comisión dictaminadora.- 1. 1. 2. El Proyecto de Ley 08565/ 2024- CR, fue presentado al Área de Trámite Documentario el 8 de agosto de 2024 y decretado a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera como primera comisión dictaminadora, y a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social como segunda comisión dictaminadora, el 9 de agosto de 2024.- 1. 1. 3. El Proyecto de Ley 09844/ 2024- CR, fue presentado al Área de Trámite Documentario el 7 de enero de 2025 y decretado a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera como primera comisión dictaminadora, y a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social como segunda comisión dictaminadora, el 7 de enero de 2025.- 1. 1. 4. El Proyecto de Ley 09896/ 2024- CR, fue presentado al Área de Trámite Documentario el 13 de enero de 2025 y decretado a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera como primera comisión dictaminadora, y a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social como segunda comisión dictaminadora, el 14 de enero de 2025.- 1. 1. 5. El Proyecto de Ley 09934/ 2024- CR, fue presentado al Área de Trámite Documentario el 14 de enero de 2025 y decretado a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera como primera comisión dictaminadora, y a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social como segunda comisión dictaminadora, el 15 de enero de 2025.- 1. 1. 6. El Proyecto de Ley 09948/ 2024- CR, fue presentado al Área de Trámite Documentario el 15 de enero de 2025 y decretado a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera como primera comisión dictaminadora, y a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social como segunda comisión dictaminadora, el 16 de enero de 2025.- 1. 1. 7. El Proyecto de Ley 09958/ 2024- CR, fue presentado al Área de Trámite Documentario el 16 de enero de 2025 y decretado a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera como primera comisión dictaminadora, y a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social como segunda comisión dictaminadora, el 20 de enero de 2025.- 1. 1. 8. El Proyecto de Ley 10023/ 2024- CR, fue presentado al Área de Trámite Documentario el 22 de enero de 2025 y decretado a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera como primera comisión dictaminadora, y a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social como segunda comisión dictaminadora, el 24 de enero de 2025. "Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres" "Año de la recuperación y la consolidación de la economía peruana" DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY: 117/ 2021- CR, 08565/ 2024- CR, 09844/ 2024- CR, 09896/ 2024- CR, 09934/ 2024- CR, 09948/ 2024- CR, 09958/ 2024- CR, 10023/ 2024- CR, 10066/ 2024- CR, 10080/ 2024- CR, 10216/ 2024- CR, 10226/ 2024- CR, 10398/ 2024- CR, Y 10435/ 2024- CR; QUE, CON TEXTO SUSTITUTORIO, PROPONE LA LEY QUE MODIFICA EL DECRETO LEGISLATIVO 650, LEY DE COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS, A EFECTOS DE FACULTAR EL RETIRO DE HASTA EL 100% DE LA COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS (CTS) PARA CASOS DE ENFERMEDAD TERMINAL O DIAGNÓSTICO DE CÁNCER, Y CUBRIR NECESIDADES POR LA CRISIS ECONOMICA.** 1. 1. 9. El Proyecto de Ley 10066/ 2024- CR**, fue presentado al Área de Trámite Documentario el 28 de enero de 2025 y decretado a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera como primera comisión dictaminadora, y a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social como segunda comisión dictaminadora, el 30 de enero de 2025.** 1. 1. 10. El Proyecto de Ley 10080/ 2024- CR**, fue presentado al Área de Trámite Documentario el 30 de enero de 2025 y decretado a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera como primera comisión dictaminadora, y a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social como segunda comisión dictaminadora, el 30 de enero de 2025.** 1. 1. 11. El Proyecto de Ley 10216/ 2024- CR**, fue presentado al Área de Trámite Documentario el 14 de febrero de 2025 y decretado a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera como primera comisión dictaminadora, y a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social como segunda comisión dictaminadora, el 18 de febrero de 2025.** 1. 1. 12. El Proyecto de Ley 10226/ 2024- CR**, fue presentado al Área de Trámite Documentario el 17 de febrero de 2025 y decretado a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera como primera comisión dictaminadora, y a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social como segunda comisión dictaminadora, el 18 de febrero de 2025.** 1. 1. 13. El Proyecto de Ley 10398/ 2024- CR**, fue presentado al Área de Trámite Documentario el 3 de marzo de 2025 y decretado a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera como primera comisión dictaminadora, y a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social como segunda comisión dictaminadora, el 4 de marzo de 2025.** 1. 1. 14. El Proyecto de Ley 10435/ 2024- CR**, fue presentado al Área de Trámite Documentario el 6 de marzo de 2025 y decretado a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera como primera comisión dictaminadora, y a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social como segunda comisión dictaminadora, el 10 de marzo de 2025. Respecto a las propuestas legislativas, la Comisión de Trabajo y Seguridad Social ha verificado que cumplen con los requisitos establecidos en los artículos 75 y 76 del Reglamento del Congreso de la República, tales como la
Version 1
Presentado
presenta la siguiente iniciativa legislativa. #### PROYECTO DE LEY #### LEY QUE MODIFICA EL DECRETO LEGISLATIVO 650, LEY DE COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS, A EFECTOS DE FACULTAR EL RETIRO DE HASTA EL 100% DE LA COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS (CTS) PARA CASOS DE ENFERMEDAD TERMINAL O DIAGNÓSTICO DE CÁNCER **Artículo Único.** Modificación del artículo 42 en el Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios. Se modifica el artículo 42 en el Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, en los términos siguientes: *"Artículo 42. - El trabajador podrá efectuar retiros parciales de libre disposición con cargo a su depósito CTS e intereses acumulados siempre que no exceda del 50% de los mismos.* *El trabajador en caso de ser diagnosticado con enfermedad terminal o cáncer podrá efectuar el retiro del 100% de su depósito CTS e intereses acumulados, las veces que lo considere pertinente. El cálculo se efectuará a la fecha en que el trabajador solicite al depositario el retiro total precedentemente señalado".* ELVA EDHIT JULÓN IRIGOIN "Año de la recuperación y la consolidación de la economía peruana" ## DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA **ÚNICA. Autorización excepcional para disponer del retiro del cien por ciento de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).** Se autoriza, excepcionalmente, a los trabajadores que se encuentran dentro del ámbito del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, a retirar hasta el cien por ciento (100%) de los depósitos recibidos por concepto de Compensación por Tiempo de Servicios, hasta el 31 de diciembre de 2025. ## DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL **ÚNICA. Adecuación al reglamento** Se faculta al Poder Ejecutivo, en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario, a adecuar el reglamento del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, con las disposiciones de la presente ley, bajo responsabilidad.
Version 2
Revisión o cambio de texto
TEXTO SUSTITUTORIO, PROPONE LA LEY QUE MODIFICA EL DECRETO LEGISLATIVO 650, LEY DE COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS, A EFECTOS DE FACULTAR EL RETIRO DE HASTA EL 100% DE LA COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS (CTS) PARA CASOS DE ENFERMEDAD TERMINAL O DIAGNÓSTICO DE CÁNCER, Y CUBRIR NECESIDADES POR LA CRISIS ECONOMICA. **COMISIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL** **Periodo Anual de Sesiones 2024-2025** **Señor presidente:** Ha sido remitido para dictamen de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social los siguientes Proyectos de Ley: - • Proyecto de Ley 117/2021-CR, presentado por el Grupo Parlamentario Juntos por el Perú, a iniciativa de la Congresista Isabel Cortez Aguirre, que propone disponer medidas para garantizar los derechos de los trabajadores que se vieron afectados por disposiciones realizadas en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19, sin que exista supuesto habilitante de causa efecto y responsabilidad, para configurarse razonablemente la medida legal (acumulado durante sesión de Comisión). - • Proyecto de Ley 8565/2024-CR, presentado por el Grupo Parlamentario Juntos por el Perú, Voces del Pueblo, a iniciativa del Congresista Jorge Samuel Coayla Juárez, que propone disponer del 10% de la Compensación por tiempo de servicios de cada trabajador, que tiene la calidad de beneficio social de previsión de contingencias, pase a formar parte del fondo de pensiones del trabajador. - • Proyecto de Ley 9844/2024-CR, presentado por el Grupo Parlamentario Bloque Magisterial de Concertación Nacional, a iniciativa del Congresista Segundo Teodomiro Quiroz Barboza, que autorizar, de manera excepcional y por única vez, la disposición total del 100% de los depósitos acumulados en concepto de Compensación por tiempo de servicios (CTS) para mitigar los impactos económicos ocasionados por la inestabilidad política, los efectos del cambio climático y el contexto internacional adverso. - • Proyecto de Ley 9896/2024-CR, presentado por el Grupo Parlamentario Bloque Democrático Popular, a iniciativa del Congresista Edgar Reymundo Mercado, que propone autorizar por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2025, a los trabajadores comprendidos dentro de los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por tiempo de servicios, aprobado por el Decreto Supremo 001-97-TR, a disponer libremente del cien por ciento de los depósitos por compensación por tiempo de servicios (CTS) efectuados en las entidades financieras y que tengan a acumulados a la fecha de disposición. - • Proyecto de Ley 9934/2024-CR, presentado por iniciativa de la Congresista no agrupada Margot Palacios Huamán, por el que propone autorizar, hasta el 31 de diciembre de 2026, el retiro total de la Compensación por tiempo de servicios (CTS) acumulada por los trabajadores, de manera excepcional y temporal, como medida para reactivar la economía nacional, apoyando a los trabajadores y a sus familias en un contexto de crisis económica global. "Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres" "Año de la recuperación y la consolidación de la economía peruana" **DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY: 117/2021-CR, 08565/2024-CR, 09844/2024-CR, 09896/2024-CR, 09934/2024-CR, 09948/2024-CR, 09958/2024-CR, 10023/2024-CR, 10066/2024-CR, 10080/2024-CR, 10216/2024-CR, 10226/2024-CR, 10398/2024-CR, Y 10435/2024-CR; QUE, CON TEXTO SUSTITUTORIO, PROPONE LA LEY QUE MODIFICA EL DECRETO LEGISLATIVO 650, LEY DE COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS, A EFECTOS DE FACULTAR EL RETIRO DE HASTA EL 100% DE LA COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS (CTS) PARA CASOS DE ENFERMEDAD TERMINAL O DIAGNÓSTICO DE CÁNCER, Y CUBRIR NECESIDADES POR LA CRISIS ECONOMICA.** - • Proyecto de Ley 9948/2024-CR, presentado por el Grupo Parlamentario Podemos Perú, a iniciativa del Congresista Juan Bartolomé Burgos Oliveros, que propone autorizar a todos los trabajadores del sector público y privado según el ámbito de aplicación que corresponda, a disponer del 100% de sus fondos acumulados por concepto de compensación por tiempo de servicios (CTS). - • Proyecto de Ley 9958/2024-CR, presentado por el Grupo Parlamentario Podemos Perú, a iniciativa de la Congresista Digna Calle Lobatón, que propone autorizar a los trabajadores a solicitar y disponer de la compensación por tiempo de servicios (CTS), con la finalidad de fortalecer la economía familiar y hacer frente a la crisis económica que afronta nuestro país. - • Proyecto de Ley 10023/2024-CR, presentado por el Grupo Parlamentario Alianza para el Progreso, a iniciativa de la Congresista Elva Edhit Julón Irigoin, que propone modificar el decreto legislativo 650, Ley de Compensación por tiempo de servicios, a efectos de facultar el retiro de hasta 100% de la Compensación por tiempo de servicios (CTS) para casos de enfermedad terminal o diagnóstico de cáncer. - • Proyecto de Ley 10066/2024-CR, presentado por el Grupo Parlamentario Bloque Magisterial de Concertación Nacional, a iniciativa del Congresista Paul Silvio Gutiérrez Ticona, que propone autorizar, de manera excepcional y por única vez, el retiro del 100% de los fondos acumulados en las cuentas de Compensación por tiempo de servicios (CTS), con el propósito de fortalecer la capacidad económica de los trabajadores frente a las adversidades derivadas de la inestabilidad política, los fenómenos climáticos externos y las condiciones desfavorables de la coyuntura nacional e internacional. - • Proyecto de Ley 10080/2024-CR, presentado por el Grupo Parlamentario Bancada Socialista, a iniciativa del Congresista Alfredo Pariona Sinche, que propone permitir, hasta diciembre de 2026, que los trabajadores dispongan libremente del dinero por concepto de compensación por tiempo de servicios (CTS) del que sean titulares. - • Proyecto de Ley 10216/2024-CR, presentado por el Grupo Parlamentario Podemos Perú, a iniciativa del Congresista Jorge Luis Flores Ancachi, que propone autorizar de manera excepcional y por única vez, hasta el 31 de diciembre de 2026, a los trabajadores sujetos al régimen del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por tiempo de servicios, aprobada mediante Decreto Supremo 001-97-TR, a disponer libremente del 100% de los fondos acumulados en sus cuentas individuales de CTS en las entidades financieras correspondientes, acumulados hasta la fecha de la disposición. - • Proyecto de Ley 10226/2024-CR, presentado por el Grupo Parlamentario Podemos Perú, a iniciativa del Congresista Jhaec Darwin Espinoza Vargas, que propone autorizar a los trabajadores a disponer el retiro extraordinario y voluntario "Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres" "Año de la recuperación y la consolidación de la economía peruana" **DICTAMEN RECAÍDO EN LOS PROYECTOS DE LEY: 117/2021-CR, 08565/2024-CR, 09844/2024-CR, 09896/2024-CR, 09934/2024-CR, 09948/2024-CR, 09958/2024-CR, 10023/2024-CR, 10066/2024-CR, 10080/2024-CR, 10216/2024-CR, 10226/2024-CR, 10398/2024-CR, Y 10435/2024-CR; QUE, CON TEXTO SUSTITUTORIO, PROPONE LA LEY QUE MODIFICA EL DECRETO LEGISLATIVO 650, LEY DE COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS, A EFECTOS DE FACULTAR EL RETIRO DE HASTA EL 100% DE LA COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS (CTS) PARA CASOS DE ENFERMEDAD TERMINAL O DIAGNÓSTICO DE CÁNCER, Y CUBRIR NECESIDADES POR LA CRISIS ECONOMICA.** del 100% de la Compensación por tiempo de servicios (CTS) hasta diciembre del 2026, a fin de afrontar la recesión económica que atraviesa el país. - • Proyecto de Ley 10398/2024-CR, presentado por el Grupo Parlamentario Alianza para el Progreso, a iniciativa del Congresista Luis Roberto Kamiche Morante, que propone autorizar de manera excepcional, para que las mujeres trabajadoras retiren el 100% de la Compensación por tiempo de servicios (CTS) para aliviar los efectos negativos de la brecha salarial de género y la desigualdad estructural en el ámbito laboral; que limitan su autonomía financiera. - • Proyecto de Ley 10435/2024-CR, presentado por el Grupo Parlamentario Podemos Perú, a iniciativa del Congresista Guido Bellido Ugarte, que propone autorizar, hasta el 31 de diciembre de 2026, la libre disponibilidad del 100% de los depósitos por Compensación por tiempo de servicios (CTS) efectuados por los empleadores en las entidades financieras, a favor de los trabajadores comprendidos dentro de los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por tiempo de servicios, aprobado por el Decreto Supremo 001-97-TR. En la décima cuarta sesión ordinaria semipresencial, celebrada el 18 de marzo de 2025, la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, con dispensa del trámite de sanción del acta, aprobó por mayoría el dictamen recaído en los Proyectos de Ley: 117/2021-CR, 08565/2024-CR, 09844/2024-CR, 09896/2024-CR, 09934/2024-CR, 09948/2024-CR, 09958/2024-CR, 10023/2024-CR, 10066/2024-CR, 10080/2024-CR, 10216/2024-CR, 10226/2024-CR, 10398/2024-CR y 10435/2024-CR que, con texto sustitutorio, propone la Ley que modifica el Decreto Legislativo 650, Ley de compensación por tiempo de servicios, a efectos de facultar el retiro de hasta el 100% de la compensación por tiempo de servicios (CTS) para casos de enfermedad terminal o diagnóstico de cáncer, y cubrir necesidades ante la crisis económica. Votaron a favor los señores congresistas Elva Edhit JULÓN IRIGOÍN, presidenta, Isabel CORTEZ AGUIRRE, vicepresidenta, Juan Bartolomé BURGOS OLIVEROS, secretario, María Grimaneza ACUÑA PERALTA, María Antonieta AGÜERO GUTIÉRREZ, María del Carmen ALVA PRIETO, Carlos Enrique ALVA ROJAS, Sigrid Tesoro BAZÁN NARRO, Jorge Samuel COAYLA JUÁREZ, Pasión Neomias DÁVILA ATANACIO, Américo GONZA CASTILLO, Segundo Teodomiro QUIROZ BARBOZA, Wilson Rusbel QUISPE MAMANI, Bernardo Jaime QUITO SARMIENTO y Cruz María ZETA CHUNGA. Se registró el voto en abstinencia de los congresistas Eduardo Enrique CASTILLO RIVAS, Jorge Alberto MORANTE FIGARI y Tania Estefany RAMÍREZ GARCÍA. No se registraron votos en contra. "Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres" "Año de la recuperación y la consolidación de la economía peruana" DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY: 117/2021-CR, 08565/2024-CR, 09844/2024-CR, 09896/2024-CR, 09934/2024-CR, 09948/2024-CR, 09958/2024-CR, 10023/2024-CR, 10066/2024-CR, 10080/2024-CR, 10216/2024-CR, 10226/2024-CR, 10398/2024-CR, Y 10435/2024-CR; QUE, CON TEXTO SUSTITUTORIO, PROPONE LA LEY QUE MODIFICA EL DECRETO LEGISLATIVO 650, LEY DE COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS, A EFECTOS DE FACULTAR EL RETIRO DE HASTA EL 100% DE LA COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS (CTS) PARA CASOS DE ENFERMEDAD TERMINAL O DIAGNÓSTICO DE CÁNCER, Y CUBRIR NECESIDADES POR LA CRISIS ECONOMICA. ## 1. SITUACIÓN PROCESAL ### 1.1. ANTECEDENTES PROCEDIMENTALES - 1.1.1. El Proyecto de Ley 00117/2021-CR, que fue presentado al Área de Trámite Documentario el 2 de setiembre de 2021, e ingresó a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social el 6 de setiembre de 2021, como única comisión dictaminadora. - 1.1.2. El Proyecto de Ley 08565/2024-CR, fue presentado al Área de Trámite Documentario el 8 de agosto de 2024 y decretado a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera como primera comisión dictaminadora, y a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social como segunda comisión dictaminadora, el 9 de agosto de 2024. - 1.1.3. El Proyecto de Ley 09844/2024-CR, fue presentado al Área de Trámite Documentario el 7 de enero de 2025 y decretado a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera como primera comisión dictaminadora, y a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social como segunda comisión dictaminadora, el 7 de enero de 2025. - 1.1.4. El Proyecto de Ley 09896/2024-CR, fue presentado al Área de Trámite Documentario el 13 de enero de 2025 y decretado a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera como primera comisión dictaminadora, y a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social como segunda comisión dictaminadora, el 14 de enero de 2025. - 1.1.5. El Proyecto de Ley 09934/2024-CR, fue presentado al Área de Trámite Documentario el 14 de enero de 2025 y decretado a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera como primera comisión dictaminadora, y a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social como segunda comisión dictaminadora, el 15 de enero de 2025. - 1.1.6. El Proyecto de Ley 09948/2024-CR, fue presentado al Área de Trámite Documentario el 15 de enero de 2025 y decretado a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera como primera comisión dictaminadora, y a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social como segunda comisión dictaminadora, el 16 de enero de 2025. - 1.1.7. El Proyecto de Ley 09958/2024-CR, fue presentado al Área de Trámite Documentario el 16 de enero de 2025 y decretado a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera como primera comisión dictaminadora, y a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social como segunda comisión dictaminadora, el 20 de enero de 2025. - 1.1.8. El Proyecto de Ley 10023/2024-CR, fue presentado al Área de Trámite Documentario el 22 de enero de 2025 y decretado a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera como primera comisión dictaminadora, y a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social como segunda comisión dictaminadora, el 24 de enero de 2025. "Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres" "Año de la recuperación y la consolidación de la economía peruana" DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY: 117/2021-CR, 08565/2024-CR, 09844/2024-CR, 09896/2024-CR, 09934/2024-CR, 09948/2024-CR, 09958/2024-CR, 10023/2024-CR, 10066/2024-CR, 10080/2024-CR, 10216/2024-CR, 10226/2024-CR, 10398/2024-CR, Y 10435/2024-CR; QUE, CON TEXTO SUSTITUTORIO, PROPONE LA LEY QUE MODIFICA EL DECRETO LEGISLATIVO 650, LEY DE COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS, A EFECTOS DE FACULTAR EL RETIRO DE HASTA EL 100% DE LA COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS (CTS) PARA CASOS DE ENFERMEDAD TERMINAL O DIAGNÓSTICO DE CÁNCER, Y CUBRIR NECESIDADES POR LA CRISIS ECONOMICA. **1.1.9. El Proyecto de Ley 10066/2024-CR**, fue presentado al Área de Trámite Documentario el 28 de enero de 2025 y decretado a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera como primera comisión dictaminadora, y a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social como segunda comisión dictaminadora, el 30 de enero de 2025. **1.1.10. El Proyecto de Ley 10080/2024-CR**, fue presentado al Área de Trámite Documentario el 30 de enero de 2025 y decretado a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera como primera comisión dictaminadora, y a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social como segunda comisión dictaminadora, el 30 de enero de 2025. **1.1.11. El Proyecto de Ley 10216/2024-CR**, fue presentado al Área de Trámite Documentario el 14 de febrero de 2025 y decretado a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera como primera comisión dictaminadora, y a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social como segunda comisión dictaminadora, el 18 de febrero de 2025. **1.1.12. El Proyecto de Ley 10226/2024-CR**, fue presentado al Área de Trámite Documentario el 17 de febrero de 2025 y decretado a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera como primera comisión dictaminadora, y a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social como segunda comisión dictaminadora, el 18 de febrero de 2025. **1.1.13. El Proyecto de Ley 10398/2024-CR**, fue presentado al Área de Trámite Documentario el 3 de marzo de 2025 y decretado a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera como primera comisión dictaminadora, y a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social como segunda comisión dictaminadora, el 4 de marzo de 2025. **1.1.14. El Proyecto de Ley 10435/2024-CR**, fue presentado al Área de Trámite Documentario el 6 de marzo de 2025 y decretado a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera como primera comisión dictaminadora, y a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social como segunda comisión dictaminadora, el 10 de marzo de 2025. Respecto a las propuestas legislativas, la Comisión de Trabajo y Seguridad Social ha verificado que cumplen con los requisitos establecidos en los artículos 75 y 76 del Reglamento del Congreso de la República, tales como la